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Los puntos pendientes para avanzar en la regulación de los alimentos

Conceptos como natural, funcional o alto en antioxidantes no están en el Reglamento Sanitario de los Alimentos. Sobre las "leches vegetales", las autoridades afirman que no están autorizadas para usar ese nombre, por lo que faltaría fiscalización

A mediados de agosto, la denuncia de la Asociación de Productores de Leche de Los Ríos (Aproval) ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud en contra de dos supermercados de Valdivia, por comercializar bebidas de origen con el nombre de "leche", encendió en Chile un debate que en países como EEUU, lleva casi diez años: corresponde o no esa denominación a productos cuyo origen no es animal y, más de fondo, qué tan al día está la regulación local para alimentos que hace décadas no existían.

Hace pocos días, el Consorcio Lechero, que reúne a representantes de la cadena láctea, apoyó la denuncia de Aproval, argumentando que el etiquetado y la comercialización de los productos deben ser claros.

La normativa actual en Chile define a la leche como "el producto de la ordeña completa e ininterrumpida de vacas sanas, bien alimentadas y en reposo, exenta de calostro", según el artículo 198 del Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA), y agrega que en el caso de las que provienen de otros animales, se les debe llamar según la especie, como por ejemplo leche de cabra.

Sobre los productos de origen vegetal, en ese capítulo —que define a lácteos como el manjar, yogur y otros— solo especifica que se puede llamar "leche con" a productos que al menos tengan 75% de leche de vaca, más ingredientes como proteína de soya, aceites vegetales o nutrientes.

La jefa del Departamento de Nutrición y Alimentos del Ministerio de Salud, Lorena Rodríguez, explica que las bebidas de soya, almendras, coco u otro producto, no son leches y no contienen las proteínas ni la cantidad de calcio de la leche animal. "No hay problema en consumirlas, pero lo importante es no estar errados en ese concepto. La regulación ya existe. Que se cumpla es otro tema. Ahí es donde tenemos que hacer nuestro proceso de vigilancia y fiscalización, y aplicar las sanciones que correspondan", afirma.

 "NATURAL" NO TIENE REGULACIÓN

Más allá del caso de las bebidas vegetales que usan el nombre de leche —discusión que en EE.UU. se ha repetido en mayonesas sin huevo o granos similares al arroz—, la normativa nacional está al debe en definir conceptos que se usan como "natural", "100% natural" o "saludable", que no cuentan con un reglamento oficial para demostrar qué se entiende por cada uno, aun cuando en algunos casos pueden tener precios más altos.

En el caso del concepto "natural" o "100% natural", existe discusión internacional en cuanto a la necesidad de normarlo. Al respecto, la Agencia de Drogas y Alimentos (FDA) estadounidense afirma  que hasta ahora, si bien no lo ha definido, "la agencia no ha objetado el uso del término si el alimento no contiene colorantes, sabores artificiales o sustancias sintéticas".

En Chile el criterio es similar, aunque se entiende como un concepto más asociado al marketing que a la salud de las personas, como puede ocurrir con los huevos de gallinas felices, por lo que no se descarta que quede fuera de las regulaciones de los alimentos. "Hay debate en términos de cómo se usan las frases publicitarias, donde lo importante es que no haya publicidad engañosa. El reglamento es claro y, si algo dice que es natural, tiene que serlo", asegura Lorena Rodríguez.

En cuanto a lo que existe en algunos países europeos, la gerente técnico de Granotec y directora del Consorcio Alimentario de Ingredientes Funcionales y Aditivos Naturales (IFAN), Ximena López, detalla que el Código Alimentario de España prohíbe que en la publicidad y el rotulado de los alimentos se usen calificativos como puro o natural en alimentos con aditivos o materias extrañas, mientras que en Reino Unido se entiende por natural que un alimento esté compuesto por ingredientes producidos por la naturaleza.

"Respecto del término natural, desde el punto de vista de la ciencia de los alimentos es difícil definir un producto alimenticio así, porque probablemente ha sido procesado y ya no es el producto original", explica.

Además, aunque no tiene la categoría de norma, la agencia británica Food Standards Agency (FSA) —que funciona en forma independiente del gobierno y es responsable de proteger los temas de salud pública relacionados con alimentos— tiene una serie de recomendaciones para el uso de los conceptos "natural", "fresco", "artesanal" y "puro", que sirve como guía de buenas prácticas para la industria.

LA FALTA EVIDENCIA PARA ANTIOXIDANTES

Otro concepto pendiente por normar en Chile es el de los alimentos que dicen ser altos en antioxidantes, y que por esa condición —en algunos casos— aseguran que pueden ayudar a prevenir algunos tipos de cáncer o controlar el nivel de azúcar en la sangre. Si bien no está demostrado que esas propiedades sean falsas, en el Ministerio de Salud explican que no han logrado reunir pruebas científicas suficientes, tanto a nivel local como internacional, para demostrar ese efecto o en qué cantidad se deberían consumir para conseguirlo.

Si se comprueba, la idea es incluirlos dentro de los mensajes saludables que ya existen en el reglamento de los alimentos. Actualmente son 18 y corroboran que existe una asociación positiva entre una sustancia, un alimento y la salud, —como ocurre con el calcio, algunas fibras y el bajo aporte de sodio— y que, con ello, autoriza la publicación de un mensaje específico.

"Se está trabajando en eso, pero hasta ahora no es un mensaje autorizado en Chile. No quiere decir que sea un producto de alto riesgo, pero sí es publicidad engañosa, porque es distinto decir que un producto contiene antioxidantes a que posee propiedades antioxidantes (...). Cualquier frase que esté induciendo a pensar que un alimento tiene una propiedad nutricional tiene que estar vinculado a uno de los mensajes autorizados. Si no lo está, está cayendo en falta", recalca Lorena Rodríguez.

El proceso para incluir un nuevo mensaje saludable en la normativa de los alimentos toma a lo menos un año de trabajo, y tiene una etapa científica y otra administrativa. El primer paso es que una empresa, gremio o productor presente evidencias científicas al ministerio para demostrar las propiedades de un producto. Luego las revisa una comisión de expertos que busca más información y descarta que el interesado solo esté mostrando los estudios que le convienen. Luego, propone un mensaje con el que se podría promocionar ese alimento, el que va a consulta pública nacional e internacional, para pasar a la etapa administrativa, donde se convierte en un mensaje oficial del reglamento.

"El reglamento no apunta a que existan ejércitos de fiscalizadores, sino a que la industria, a través de su responsabilidad social y de normas jurídicas, cumplan, porque la publicidad es tan instantánea que cuando descubrimos un incumplimiento a veces ya lleva dos semanas", insiste Lorena Rodríguez, del Minsal.

Por ejemplo, Ximena López, también destaca que aun cuando  el reglamento no tiene una definición para "fibra", tiene aprobados cuatro mensajes relacionados con el consumo de frutas y vegetales y su asociación con el cáncer; con los beneficios cardiovasculares de la fibra de avena; con las fibras prebióticas y la flora intestinal; y con el consumo de fibras y vitaminas para prevenir el cáncer.

CREAR MÁS RÁPIDO LOS MENSAJES SALUDABLES

Desde el inicio del programa Transforma Alimentos, de Corfo, cuando se convocó a empresas del sector, la actualización de la normativa surgió como una necesidad urgente para competir en los mercados. Por eso, uno de los cuatro proyectos del Sistema Nacional de Calidad e Inocuidad Alimentaria es crear un sistema que permita estandarizar el proceso con el cual se incorporan los mensajes saludables al reglamento, explica la ejecutiva del programa  transforma Alimentos, Claudia Saavedra.

El primer paso es crear una definición para alimento saludable que se pueda incorporar al reglamento —los especialistas aclaran que saludable y funcional se usarían como sinónimos, de acuerdo con la evidencia científica— y luego generar un mecanismo técnico conocido por todos los actores de la industria y con tiempos establecidos, para evaluar cada vez que se presenten estudios.

"Un alimento no va a poder decir que es 'funcional' o 'saludable', sino que va a llevar un mensaje aprobado por el ministerio, porque lo que se demuestra es la asociación entre un alimento, un nutriente y una condición de salud con una base sólida, probada, científica", explica el coordinador del área de vinculación con el sistema de fomento e I+D de Achipia, Manuel Miranda, quien participa del proyecto.

Respecto de cómo funcionará el nuevo sistema para "postular" la inclusión de nuevos mensajes saludables al Reglamento Sanitario de los Alimentos —lo que hoy se hace en las oficinas regionales del Ministerio de Salud o a través del sitio web—, aclaran que la diferencia estará en la velocidad para obtener un resultado sobre cada propuesta evaluada y en el sistema informático que lo respaldará.

La asesora de Achipia Karla Carmona, en tanto, resalta que uno de los objetivos es que el dossier de estudios llegue digerido al Minsal para que reciban lo que ya puede ser un candidato para crear un mensaje saludable y que la entidad solo tenga que fijar el marco para ese mensaje, es decir el texto.

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